Torrent abre el plazo de solicitud de las ayudas para la mejora de accesibilidad y restauración de fachadas de edificios

El Ayuntamiento de Torrent convoca las subvenciones para la mejora de la accesibilidad y la restauración de fachadas en edificios residenciales, cuyo periodo para presentar la solicitud estará abierto hasta el 29 de septiembre de 2023.

Tal como explica el concejal de Urbanismo y Vivienda, José Gozalvo, el objetivo de estas ayudas es “hacer más amable la vida diaria de la ciudadanía, facilitándoles la entrada y salida de sus propios domicilios, al tiempo que mejoramos la imagen del municipio y contribuimos a fomentar la reactivación del sector de rehabilitación de viviendas, de manera que podamos ayudar tanto a los residentes de estos edificios como a los trabajadores del sector”.

Ayudas de hasta 8.000 euros para los vecinos de Torrent

Así, el consistorio torrentino concederá subvenciones de hasta 4.000 euros, o de 8.000 euros si incluye la primera instalación de un ascensor, incluyendo las actuaciones para bajar a cota cero el acceso del ascensor y los trabajos de mejora de la accesibilidad entre las diversas plantas que conforman el edificio y que comuniquen con las viviendas, zonas de uso común o elementos asociados a los mismos. Entre los gastos subvencionables se computará el coste de ejecución material, los gastos generales y el beneficio industrial, junto con los honorarios de redacción del proyecto, dirección de las obras y evaluación del edificio, si correspondiera. No obstante, cabe destacar que la cobertura máxima de las ayudas será del 50% de coste total de la obra.

De esta manera, previa obtención de la licencia de obras correspondiente o la presentación de una declaración responsable a su realización, se establece como requisito indispensable que las obras hayan sido concluidas entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023, siendo la fecha de finalización de las obras la última de las facturas abonadas al respecto. Igualmente, con relación a las ayudas correspondientes a la reforma de las fachadas, los edificios en cuestión deben ser anteriores al año 1996, según lo que indica el catastro.