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La campaña de la Renta 2025 arranca el 8 de abril: descubre las deducciones autonómicas

El calendario ya está marcado. La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2025 arranca el próximo 8 de abril, justo después de Semana Santa, y se extenderá hasta el 30 de junio. Para los contribuyentes de la Comunitat Valenciana, esta edición llega con una novedad relevante: la Generalitat ha ampliado el acceso a dos de sus deducciones autonómicas más utilizadas, relacionadas con gastos sanitarios y con la práctica de deporte y actividades saludables, beneficiando ahora a más del 90% de los declarantes valencianos.

Fechas clave para no perderse

La presentación de declaraciones por internet abre el 8 de abril y se mantiene hasta el 30 de junio. Quienes prefieran hacerlo por teléfono podrán solicitar cita a partir del 29 de abril, y el servicio estará disponible del 6 de mayo al 30 de junio. La atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria comenzará el 1 de junio, con cita previa desde el 29 de mayo. Importante: quienes tengan resultado a ingresar con domiciliación deben presentar la declaración antes del 25 de junio.

Quién está obligado a declarar

Deberán presentar la declaración quienes hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un solo pagador, o a 15.876 euros con dos o más pagadores. También están obligados los autónomos dados de alta en la Seguridad Social en cualquier momento del año y los beneficiarios del ingreso mínimo vital. Los perceptores de prestaciones por desempleo quedarán exentos si el Congreso ratifica el real decreto-ley en tramitación.

Las deducciones autonómicas valencianas que debes conocer

La Generalitat Valenciana acaba de ampliar el umbral de renta para acceder a dos deducciones autonómicas que ya habían tenido una gran acogida en campañas anteriores. Hasta ahora solo podían aplicarlas quienes tuvieran una base liquidable inferior a 32.000 euros en individual o 48.000 en conjunta. Desde este ejercicio, el límite sube a 60.000 euros en individual y 78.000 en conjunta, abriendo la puerta a una parte importante de las rentas medias.

Las deducciones ampliadas son dos. La primera cubre gastos sanitarios: tratamientos de enfermedades crónicas o raras (hasta 100 euros, o 150 para familias numerosas o monoparentales), daño cerebral adquirido y alzhéimer (hasta 100 o 150 euros), salud bucodental no estética (30% con límite de 150 euros), salud mental (30% con límite de 150 euros) y adquisición de gafas, lentillas y soluciones de mantenimiento (30% con límite de 100 euros).

La segunda deducción incentiva la práctica del deporte y actividades saludables, con una deducción del 30% y un límite de 150 euros. Los mayores de 65 años o personas con discapacidad igual o superior al 33% pueden deducir el 50%, y quienes superen los 75 años o tengan una discapacidad del 65% o más pueden deducir el 100% de los gastos, siempre con el mismo límite de 150 euros. Son deducibles las cuotas de gimnasios y clubes deportivos, el equipamiento obligatorio para deporte federado, los servicios de entrenadores personales y los honorarios de fisioterapeutas, dietistas, podólogos y traumatólogos.

Un dato para la perspectiva

En la campaña del ejercicio 2024 se presentaron más de 24,7 millones de declaraciones en toda España, un 2,4% más que el año anterior, y la Agencia Tributaria devolvió 13.094 millones de euros a más de 15,6 millones de contribuyentes.